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año:2004
 
institución:MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa 4 Área De Servicios Municipales Sra. Ana Virginia Arce León 08 de octubre de 2004 Al contestar refiérase al oficio No. 12159 08 de octubre de 2004 FOE-SM-2330 Señora Ana Virginia Arce León Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE HEREDIA Estimada señora: Asunto: Consulta sobre la recuperación de una cuenta por cobrar de la Municipalidad de Heredia por préstamo otorgado a la Comisión de Festejos Populares de Heredia. Mediante oficio AIM-198-2004 del 8 de Septiembre del 2004, se consulta si es necesario realizar el procedimiento administrativo ordinario para la recuperación de una cuenta por cobrar de ¢ 7.000.000,00 que mediante acuerdo municipal y sin la suscripción de convenio o contrato, el Concejo Municipal prestó a la Comisión de Festejos Populares de Heredia. Con el afán de examinar lo consultado, a continuación se expone lo siguiente: De acuerdo con las potestades constitucionales de ésta Contraloría General en materia de Hacienda Pública, el artículo 1 de la Ley Orgánica No.7428 y con fundamento en la circular No. CO-529 -publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, la consulta planteada no reúne los requisitos por cuanto se plantea un caso concreto y particular; en consecuencia, este Despacho debe abstenerse de emitir el criterio solicitado como en efecto se resuelve. No obstante lo anterior, y en un afán de colaboración y sin el rigor vinculante que fija el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría, se señala en términos generales, que el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública otorga a la Administración, la facultad de ejecutar por sí, los actos administrativos eficaces, válidos o anulables, aún contra la voluntad o resistencia del obligado, y el artículo 149 inciso 1) numeral a) contempla la posibilidad de utilizar los medios coercitivos sobre el pa ...
Fecha publicación: 07/10/2004
Fecha emisión: 04/10/2004
Documento: 12159-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


17 F-3 R-DAGJ-534-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas de seis de setiembre de dos mil cuatro.------------------------------------------ Recurso de revocatoria ó revisión con apelación subsidiaria interpuesto por la empresa Cobros Rápidos Metropolitanos, S.A., en contra de la Resolución R-DAGJ-504-2004 de las once horas del veintitrés de agosto del dos mil cuatro, dictada por esta Contraloría General al rechazar de plano por extemporáneo el recurso de objeción interpuesto por el mismo recurrente, en contra del cartel de la licitación pública MH-4-2004, promovida por la Municipalidad de Heredia para la contratación de los servicios como soporte al cobro administrativo de los diferentes impuestos municipales del cantón Central de Heredia.------------------------------------------------------------------------------------------ RESULTANDO UNICO: Mediante escrito presentado ante este Despacho el día treinta de agosto del dos mil cuatro, el referido gestionante interpuso recurso de “revocatoria” ó “revisión con apelación subsidiaria” manifestando, entre otras cosas, que se declaró sin lugar sus pretensiones por extemporáneas con base en el artículo 48 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, pero dicho numeral se refiere única y exclusivamente al plazo de recepción de ofertas y su gestión consiste en un recurso de objeción al cartel. (Véase expediente de objeción).---------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I. Que mediante Resolución R-DAGJ-504-2004 de las once horas del día veintitrés de agosto de dos mil cuatro, esta Contraloría General rechazó, por extemporáneo, el recurso de objeción formulado por Cobros Rápidos Metropolitanos, en contra del cartel de la presente licitación.------------------------ II.- Sobre la admisibilidad del recurso: Dispone el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Ley Nº 7428 del ...
Fecha publicación: 11/09/2004
Fecha emisión: 08/09/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DAGJ-504-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del día veintitrés de agosto del dos mil cuatro.--------------------------------- Recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública MH-04-2004 promovida por la Municipalidad de Heredia para la contratación de los servicios como soporte al cobro administrativo de los diferentes impuestos municipales instaurado por Cobros Rápidos Metropolitanos.---------------------------------------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: Cobros Rápidos Metropolitanos interpuso su recurso el 11 de agosto de 2004.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.-POR CUANTO: Sobre la admisibilidad del recurso de Cobros Rápidos Metropolitanos. El aviso de invitación a participar en el concurso fue publicado en La Gaceta 151 de 4 de agosto de 2004, en el cual se indicó que la fecha de apertura de las ofertas será el 19 de agosto del 2004 (Véase La Gaceta Nº 151 de 4 de agosto de 2004). De conformidad con lo que dispone el artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa, el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 48 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el día de publicación del aviso, pero sí el día del vencimiento. Con fundamento en lo anterior, en el presente caso, el primer tercio del plazo para objetar era de tres días hábiles, el cual venció el 9 de agosto de 2004. Con base en lo antes expuesto y, en relación con el recurso incoado para esta licitación pública, dicho recurso de objeción fue interpuesto y presentado ante este Despacho a las dieciséis horas con un minuto de diez de agosto de dos mil cuatro, es decir, un día después de su vencimiento, motivo por el que su interposición devi ...
Fecha publicación: 26/08/2004
Fecha emisión: 23/08/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 5 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al Oficio Nº 9 1 0 3 9 de agosto, 2004 DAGJ-1939-2004 Señor Javier Carvajal Molina Alcalde MUNICIPALIDAD DE HEREDIA Estimado señor: Asunto: Se emite criterio sobre las fincas donde está el estadio que utiliza el Club Sport Herediano. Damos respuesta a su oficio AMH-09351-2004, del 19 de abril pasado, recibida el día 21 del mismo mes de cita; por él señala, para efectos de consulta, lo siguiente: 1. Requiere criterio sobre el Decreto número 110 por medio del cual se vendieron dos fincas de dominio público, siendo que el destino del inmueble lo fija este mismo instrumento. Agrega que al enajenar a una asociación deportiva bienes municipales, al amparo del decreto dicho, que establece una condición resolutoria por 99 años, sin que hasta a la fecha se haya vencido, contemplando, adicionalmente, que en caso de disolución de la asociación regresaría por un precio a ser nuevamente bienes de propiedad municipal, así pues, se pregunta: ¿han perdido tales inmuebles su naturaleza pública en el momento de ser traspasados o por el plazo que ha transcurrido? 2. ¿Las asociaciones deportivas de naturaleza privada con fines de servicios públicos, al adquirir bienes públicos pueden disponer posterior y libremente de los activos con fines privados y lucrativos? 3. ¿Bajo qué supuestos se podrían transformar las asociaciones deportivas a otros institutos jurídicos, tomando en cuenta que poseen activos sujetos a condiciones resolutorias por parte de un municipio, y qué suerte correrían los bienes de transformarse la asociación a una sociedad anónima? Criterio del despacho Para el criterio por emitir, se tiene en cuenta lo indicado en oficio DAJ-26-04, del 13 de enero pasado, emitido por la Dirección Jurídica de esa corporación. Así mismo, lo que expresa la Procuraduría General de la República en OJ-020-2004, del 17 de febrero del 2004 que, en lo que interesa, expone: “En c ...
Fecha publicación: 12/08/2004
Fecha emisión: 09/08/2004
Documento: 09103-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


R-DAGJ-354-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil cuatro.------------------------------------ Recurso de objeción interpuesto por Compañía de Mercadeo Celaje del Este S.A, en contra del cartel de la Licitación pública MH-03-2004 para la contratación de servicios de soporte al cobro administrativo de los diferentes impuestos municipales, promovida por la Municipalidad de Heredia.------------------------------------------------------------------------------------------------------------- I.-POR CUANTO: El referido recurso fue recibido el 18 de junio del presente año. (Ver folio A-1 del expediente de la objeción).----------------------------------------------------------------------------------- II.- POR CUANTO: Sobre la admisibilidad del recurso: El artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa preceptúa que el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 48 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el día de la publicación del aviso, pero sí el día del vencimiento. En el caso en examen, el aviso en el que se invita a los interesados en participar fue publicado en La Gaceta 114 del 11 de junio del 2004, fijándose la fecha de apertura de ofertas para el 28 de junio del 2004. (Ver folio C-1 del expediente de la objeción). El número de días hábiles existentes entre el 14 de junio del 2004 –día hábil posterior al comunicado para recibir ofertas- y el 28 de junio del 2004 –día fijado para la apertura de las ofertas- es de 11 días, siendo un tercio del mismo, 3 días, por cuanto no se consideran las fracciones. En consecuencia, el día límite para presentar el recurso de objeción lo fue el 16 de junio del año en curso, y en el caso concreto, el recurso se presentó el día 18 de junio, por lo que éste resulta extemporáne ...
Fecha publicación: 01/07/2004
Fecha emisión: 28/06/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales MBA. Javier Carvajal Molina -2- 3 de junio, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 5965 3 de junio, 2004 FOE-SM-1225 Máster Javier Carvajal Molina Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE HEREDIA Heredia Estimado señor: Asunto: Salario del Alcalde Municipal de la Municipalidad de Heredia. Se atiende su oficio No.AMH-0999-2004, recibido el 4 de mayo del año en curso, por medio del que plantea la reconsideración de lo sostenido por este Despacho en el oficio No.1506-2004, referido a la forma para determinar el salario del alcalde municipal. Sobre el particular se comunica lo siguiente: 1- El tema de la fijación del salario del alcalde municipal ha sido tratado en el pasado por esta Contraloría General, habiéndose dictado suficiente jurisprudencia administrativa sobre el punto. 2- Tal y como lo reconoce la Procuraduría General de la República, entre otros, en la opinión jurídica No.O.J.-021-2003 que usted cita, el punto en cuestión responde al uso de recursos públicos y en ese sentido “ [...] es indudable que el tema de consulta es de la exclusiva competencia de la Contraloría [...], por ser éste, el órgano constitucional del Estado, en el control superior de la Hacienda Pública [...]. Sus criterios son vinculantes para la Administración Pública, tal y como lo ha señalado este Despacho en similares interrogantes a la presente [...]”. 3- Sobre el tema en cuestión el órgano contralor tiene una competencia exclusiva y excluyente, y en ejercicio de la cual ya ha resuelto casos en identidad de circunstancias al que usted presenta. Así las cosas, una vez analizado su oficio se determina que los razonamientos ahí apuntados tal y como se expuso supra, ya han sido revisados en el pasado por el órgano contralor, en consecuencia, y con todo respeto se considera innecesario referirse nuevamente a los ...
Fecha publicación: 05/06/2004
Fecha emisión: 02/06/2004
Documento: 05965-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA